El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha ratificado la condena de dos años de prisión y una multa de 1.746 euros a un conductor interceptado en Vilanova, quien transportaba droga oculta en su vehículo. La sentencia se basa en la posesión de anfetamina y heroína, destinadas al tráfico, con un valor estimado de 873 euros. A pesar del recurso presentado, el tribunal considera que la cantidad y las circunstancias evidencian la intención de comercializar las sustancias.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la sentencia emitida por la sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que condena a un conductor a dos años de prisión y al pago de una multa de 1.746 euros. Este individuo fue detenido en Vilanova de Arousa mientras transportaba droga oculta en un compartimento del asiento trasero de su vehículo.
El tribunal consideró al acusado culpable de un delito contra la salud pública, específicamente por posesión destinada al tráfico de sustancias estupefacientes que representan un grave peligro para la salud. En este caso, se aplicaron circunstancias agravantes debido a la reincidencia del condenado, así como atenuantes relacionadas con dilaciones indebidas y su situación de drogadicción.
El TSXG desestimó el recurso presentado por el investigado, confirmando que transportaba anfetamina y heroína, las cuales estaban destinadas a ser comercializadas. El valor estimado en el mercado ilícito alcanzaría los 873 euros. Durante la intervención policial, se le incautaron también 26 billetes de 50 euros, un billete de 20 euros, dos billetes de 10 euros, tres teléfonos móviles, dos destornilladores y una palanca plástica para desmontaje.
En su resolución, el tribunal destacó que “la intención del acusado se deduce claramente de la cantidad de droga intervenida”. Resaltó que esta cantidad superaba ampliamente los límites orientativos establecidos para el autoconsumo. Además, mencionaron otros indicios como la tenencia significativa de dinero en efectivo y la falta de pruebas sobre el origen legítimo de esos fondos. La defensa argumentó que el acusado planeaba gastar alrededor de 2.160 euros en una fiesta, pero los magistrados señalaron que esto no era creíble dado su contexto.
Finalmente, el TSXG reafirmó su decisión original al considerar que la defensa no logró refutar adecuadamente la idea de que la tenencia de drogas por parte del acusado tenía como objetivo su distribución a terceros. Es importante mencionar que esta resolución no es definitiva; aún existe la posibilidad de presentar un recurso ante el Tribunal Supremo.
Cifra | Descripción |
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2 años | Pena de cárcel impuesta al conductor |
1.746 euros | Multa impuesta al conductor |
873 euros | Valor estimado de la droga en el mercado ilícito |
26 billetes de 50 euros, 1 billete de 20 euros y 2 billetes de 10 euros | Total de dinero en efectivo decomisado |